Acceso a la justicia ambiental en Perú y América
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El
Dr. Soria señaló que un estudio reciente del
acceso a la justicia ambiental arroja que hay
fuertes declaraciones a favor de brindar acceso
a la justicia, pero pocos mecanismos para
hacerlo de manera concreta; no existiendo
facilidades para ese acceso al ciudadano.
Los
jueces en general están limitados en
conocimientos de la materia ambiental, pese a
que se ha realizado y se realizarán
capacitaciones, sin embargo, al mismo tiempo, el
derecho ambiental sigue siendo electivo en la
carrera de abogado. Mientras que, por otro lado,
los mecanismos alternativos para la resolución
de conflictos no han sido regulados por la
legislación. Por lo tanto hay que producir
autoridades eficaces con el respaldo de la
ciudadanía, como medio para hacer efectiva la
legislación ambiental.
Sobre
el Acceso a la Justicia Ambiental en el Perú
disertó la abogada en temas ambientales Dra. Ada
Alegre de Ada Alegre Consultores. En su
exposición ella identificó diez aspectos
centrales para una debida atención del derecho
de acceso a la justicia ambiental: (i) regular
una acción ambiental específica, que pueda
cubrir las aspiraciones que hay en torno al
riesgo o daño ambiental, la prevención, manejo o
control del impacto; (ii) mejorar las
disposiciones penales ambientales del Código
Penal peruano; (iii) introducir mejoras al
Régimen de Responsabilidad Civil incorporando
aspectos relacionados con el daño ambiental; (iv)
mejorar los regímenes legales de las funciones
de supervisión, fiscalización y sanción que
ejerce el Estado; (v) sistematizar la dispersa
y todavía escasa jurisprudencia en materia
ambiental que tenemos en el país; (vi) mejorar
los procedimientos para la efectiva aplicación
de las normas ambientales; (vii) dar mayor
difusión de las normas ambientales para
facilitar su entendimiento y efectiva
aplicación; (viii) fortalecer la labor
jurisdiccional a través de la capacitación
constante a los jueces y fiscales; (ix)
establecer regulaciones básicas para mejorar el
rol de los conciliadores y árbitros en materia
ambiental; y, (x) establecer mecanismos
institucionalizados para asistir a las
comunidades indígenas y población de bajos
recursos, para su efectivo acceso a la justicia
ambiental.
Otro
ponente fue el Dr. César Villacorta director del
Consejo Nacional del Ambiente (CONAM), quién
expuso sobre la competencia y gestión ambiental,
en los gobiernos locales, señalando que, para
conseguir eficacia en la gestión ambiental se
necesita de una organización planificada,
participativa, transectorial y comunicativa,
Dijo que los gobiernos locales constituyen un
nivel directo de interlocución y de
participación en materia ambiental, “Es esta
instancia en la cual prácticamente todos se
miran la cara”; para el Dr. Villacorta el
objetivo del Sistema Local de Gestión Ambiental
del CONAM es estimular a las municipalidades con
la formulación de políticas y acciones
ambientales, para hacerlo operativo y medir el
avance en la gestión ambiental, como uno de los
pilares de desarrollo sostenible en el nivel
local. Y así, dotar a las municipalidades de una
nueva herramienta que les permita de manera
organizada, una búsqueda de la cooperación
internacional.
A
continuación intervino el Dr. Manuel Pulgar
Vidal, director ejecutivo de la Sociedad Peruana
de Derecho Ambiental, quien expuso sobre los
retos de la legislación y acceso a la justicia
ambiental en el Perú.
El
Dr. Pulgar Vidal en su presentación hizo énfasis
en el rol que tiene la Ley en la solución de los
problemas ambientales. Considera que la Ley es
una herramienta para la solución de estos
problemas, pero no la solución puesto que
necesita el apoyo de otros actores, como los
ciudadanos. Al respecto, identificó varios
retos para la legislación ambiental: (i) debe
proteger al ciudadano y no a los instrumentos de
gestión ambiental. (ii) debe integrarse en un
marco de política sólido. Todo lo cual tiene
que darse dentro de los principios de
eficiencia, eficacia y legitimidad. (iii)
aplicarse en un marco de gobernabilidad. (iv)
debe, conjuntamente con la gestión ambiental
darse en un marco de descentralización. (v) debe
estar presente e incluida en el contexto de los
tratados de libre comercio.
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